lunes, julio 27, 2026
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Gobierno reconoce que reforma a pensiones tiene disposiciones contradictorias

El gobierno de México reconoció que la reforma constitucional promovida para limitar las llamadas «pensiones doradas» contiene una contradicción jurídica que impide aplicar uno de sus principales cambios, por lo que las dependencias federales ya modificaron el criterio para calcular el monto máximo de las jubilaciones.

De acuerdo con un oficio emitido el pasado 9 de junio por la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, la reforma al artículo 127 de la Constitución establece dos límites incompatibles entre sí: por un lado, fija como tope salarial de los servidores públicos en activo la remuneración de la presidenta Claudia Sheinbaum, mientras que, por otro, pretende limitar las pensiones a la mitad de ese ingreso.

La funcionaria explicó que ambas disposiciones no pueden aplicarse de manera simultánea, debido a que las pensiones se calculan con base en el salario que el trabajador percibió durante su vida laboral activa.

En el documento, Alcalde sostiene que esta contradicción genera incertidumbre jurídica y plantea que debe privilegiarse un criterio que mantenga la continuidad entre el salario de los servidores públicos en activo y el monto de sus pensiones.

El límite del 50% queda sin aplicación

Con este criterio, el tope equivalente al 50 por ciento del salario presidencial quedó, en la práctica, sin efectos, pese a haber sido uno de los puntos centrales de la iniciativa de reforma presentada por el Ejecutivo y aprobada por ambas cámaras del Congreso sin modificaciones.

La interpretación de la Consejería Jurídica establece que el límite aplicable para las pensiones deberá ser el mismo que corresponde al salario de la titular del Ejecutivo Federal, tanto para quienes ya están jubilados como para los trabajadores que se retiren en el futuro.

Como resultado, las dependencias federales continúan autorizando pensiones con un monto máximo equivalente al ingreso neto mensual de la presidenta, fijado en 134 mil 290 pesos.

Reforma fue impulsada como parte de la política de austeridad

La modificación al artículo 127 constitucional fue presentada el 3 de marzo por la presidenta Claudia Sheinbaum como parte de su estrategia para reforzar la política de austeridad y evitar las denominadas «pensiones doradas», especialmente en organismos públicos, empresas productivas del Estado y la banca de desarrollo.

En ese momento, la Consejería Jurídica del Ejecutivo estaba encabezada por Esthela Damián, quien posteriormente dejó el cargo el 30 de abril y fue sustituida por Luisa María Alcalde.

Durante la discusión legislativa, las comisiones dictaminadoras defendieron la constitucionalidad del límite propuesto y señalaron que no representaba una restricción arbitraria, sino una medida acorde con los principios de austeridad republicana y el respeto al derecho de jubilación de los trabajadores.

¿Qué implica este reconocimiento?

Con el criterio emitido por la Consejería Jurídica, el Gobierno federal admite que la redacción de la reforma presenta inconsistencias que hacen inviable aplicar el tope equivalente al 50 por ciento del salario presidencial.

En consecuencia, el límite que prevalecerá será el correspondiente a la remuneración íntegra de la presidenta de la República, dejando sin aplicación práctica una de las disposiciones más relevantes de la reforma constitucional impulsada para regular las pensiones de altos funcionarios.

Fuente: Xeu

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