lunes, marzo 16, 2026
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Tribunal Electoral de Sinaloa sanciona a ciudadana por conversaciones privadas

El tribunal local acató la resolución de la Sala Regional Guadalajara del 25 de febrero y sancionó a una ciudadana del estado por violencia política de género, con pruebas obtenidas a través de conversaciones privadas

El Tribunal Electoral de Sinaloa acató la resolución de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial para sancionar a Emma Zermeño por violencia política de género, en contra de una diputada local e integrante del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, a partir de pruebas obtenidas de conversaciones privadas de WhatsApp.

En una sesión donde sólo se abordó ese tema y la cual fue convocada de urgencia, el tribunal prohibió acercarse, intimidar o molestar de cualquier forma o medio, incluidos los electrónicos a la denunciante, así como la realización de conductas en el ámbito público o privado que pudieran implicar acciones o expresiones de denostación, invisibilización, intimidación, violencia de todo tipo o cualquier medio, ya sea por cuenta propia o por interpósita persona en contra de la denunciante.https://geo.dailymotion.com/player/x8bic.html?playlist=x7g1kr#amp=1

Además, en razón de que quedó acreditada la existencia de violencia de género simbólica, entre las medidas de protección se ordenó a la denunciada abstenerse de realizar cualquier conducta o difundir por cualquier medio expresiones que conlleven estereotipos o roles de género o que afecten los derechos políticos electorales de la denunciante.

Piden a Centro de la Mujer de Sinaloa dar ayuda psicológica a denunciante

También, como Zermeño es empleada de la Secretaría de la Mujer de Sinaloa, se le dio vista a esta dependencia, debido a que labora en la misma. A ello se agregó que se le dio vista a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas local, “dada la calidad de servidora pública de la infractora”.

Otra medida más fue solicitar al Centro de Justicia para la Mujer que siga brindando atención médica, psicológica y psiquiátrica otorgada a la denunciante el tiempo necesario o bien mientras así lo requiera.

La infracción no fue en calidad de funcionaria y no tenía cargo de decisión

La abogada electoral Mónica Calles se refirió a la sentencia del tribunal y dijo que Emma no cometió una infracción en su carácter de funcionaria, ya que todo se ha tratado de su vida privada.

“La denunciada conversó con un amigo en el contexto de su vida privada, pero ahora el Tribunal Electoral de Sinaloa pretende que eso tenga efectos en su centro de trabajo”, explicó.

Además, las conversaciones privadas de Emma no tienen por qué trascender a su carácter de funcionaria, agregó.

“Una aclaración importante: se ha dicho que Emma tenía un cargo de decisión o que implica poder. No es así, es asistente”.

TEPJF no discutió impugnación

Emma Zermeño impugnó el 3 de marzo ante la Sala Superior del TEPJF la resolución de la Sala Regional Guadalajara del 25 de febrero. El proyecto se le turnó al magistrado Felipe de la Mata Pizaña, y estaba enlistado para este miércoles 11. Proponía que la impugnación fuera desechada.

Pero al inicio de la sesión el proyecto fue retirado.

En tanto, el Tribunal Electoral de Sinaloa tenía de plazo hasta este 12 de marzo para acatar la resolución de la Sala Regional Guadalajara, pero se adelantó un día.

El proyecto de De la Mata aún está pendiente de discutirse y votarse y además la sentencia del Tribunal de Sinaloa será impugnada ante la Sala Regional Guadalajara, informó Calles.

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación postergó la discusión de la impugnación de la sentencia de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, que ordenó sancionar a la ciudadana Emma Zermeño por violencia política de género, usando como pruebas conversaciones privadas de WhatsApp.

El proyecto, elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, estaba enlistado para su discusión este 11 de marzo. Pero al inicio de la sesión el secretario de Acuerdos de la Sala Superior, Carlos Hernández Toledo, informó que ese y otro asunto eran retirados de la lista.

El proyecto de De la Mata Pizaña iba en el sentido de declarar improcedente la impugnación de Emma Zermeño.

La ciudadana presentó el recurso el 3 de marzo ante la Sala Superior del TEPJF y argumentó la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.

Su argumento fue que la Sala Regional Guadalajara, Jalisco, al determinar que las expresiones vertidas en un chat privado de WhatsApp configuran violencia política de género, confunde la admisibilidad probatoria de una conversación filtrada con la posibilidad de sancionar su contenido, sin que existiera la intención de trascender al ámbito público.

La abogada electoral Mónica Calles, quien también asesora a Zermeño, consideró que si el asunto no se hubiera hecho visible en redes sociales y hubiera causado revuelo, su destino habría sido ser desechado. Entonces, aún hay una oportunidad de que se revoque la sentencia de la Sala Regional Guadalajara.

El caso

El asunto ya había sido discutido en noviembre en primera instancia por el Tribunal Electoral de Sinaloa, de donde son originarias la denunciada y la denunciante. El tribunal determinó no aplicar sanciones, al tomar en cuenta que se trataba de conversaciones privadas. Una persona a quien Zermeño consideraba su amigo, fue la que le filtró a la persona denunciante -la diputada local de Morena con licencia e integrante del Comité Ejecutivo Nacional de Morena- Almendra Negrete, las conversaciones.Pixabay

Fue entonces que la denunciante recurrió a la Sala Regional, compuesta por la magistrada presidenta Rebeca Barrera Amador y los magistrados Irina Cervantes Bravo y Sergio Arturo Guerrero. Los tres fueron electos el 1 de junio en la primera elección judicial.

El 25 de febrero la Sala Regional Guadalajara sentenció que Emma Zermeño había cometido violencia política de género, ordenó al Tribunal Electoral de Sinaloa revocar la anterior resolución y dio de plazo este 12 de marzo.

Repercusiones

Como ocurre en los órganos colegiados, los asuntos se pueden retirar de la lista inicial cuando los magistrados no se ponen de acuerdo o hacen observaciones o se han politizado los temas.

En este caso, puede ser que por la presión y relevancia que ha tenido el caso en redes sociales por eso haya sido retirado, observó la abogada electoral Calles.

“Se volvió tan mediático que ya no pudieron sacarlo por la puerta de atrás el desechamiento, como pretendían. Será cosa de verificar si está para resolverse”.

Adicionalmente, el Tribunal Electoral de Sinaloa sigue con la orden de imponer sanciones y la orden se vence este 12 de marzo.

“Esto fue ordenado por la Sala Regional y es la sentencia que queremos que se revoque en la Sala Superior, entonces ya todo dependerá de lo que diga la Sala Superior”.

Calles aclaró que en temas electorales la Constitución establece que hay una regla para las impugnaciones: no existe la suspensión del acto, lo que significa que aunque estén impugnados los actos o sentencias, siguen vigentes y con plenos efectos.

“Si la Sala Superior resuelve y revoca la sentencia de la Sala Guadalajara, entonces ya también queda sin efectos las sanciones que imponga el Tribunal de Sinaloa, porque ya no habría sustento y quedaría sin efectos su sentencia, porque se dicta en cumplimiento a la Sala Regional”.

Contexto: la afectada, Emma Zermeño, es una ciudadana sinaloense que actualmente es funcionaria de la Secretaría de las Mujeres de Sinaloa. Ella sostuvo en 2024 y 2025 conversaciones privadas con un amigo suyo que luego se integró al equipo de la denunciante. Ese amigo la traicionó y le mostró pantallazos de las conversaciones privadas.

A partir de ahí Negrete presentó una denuncia ante el Instituto Electoral de Sinaloa, que llegó al Tribunal Electoral local, que vio improcedente el caso, precisamente por la privacidad de las conversaciones. Sin embargo, Negrete recurrió a la Sala Regional Guadalajara del TEPJF.

El Pleno de la Sala Regional, resolvió en su sesión del 25 de febrero pasado que la ciudadana Emma Zermeño había ejercido violencia política de género y revocó la sentencia que realizó el Tribunal Electoral de Sinaloa en noviembre pasado.

djh

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