sábado, octubre 10, 2026
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Ordena juez inspecciones al acueducto de Coatzacoalcos

La construcción del acueducto destinado al sistema de agua potable de Coatzacoalcos, Veracruz, podrá continuar, pero las autoridades deberán verificar sus condiciones ambientales y suspender temporalmente los trabajos si se actualizan los supuestos de riesgo establecidos por un juzgado federal.

La resolución fue dictada el 5 de octubre de 2026 y publicada el 6 de octubre, dentro del juicio de amparo colectivo 1089/2026-11, promovido por habitantes de comunidades del sur de Veracruz que cuestionan posibles afectaciones ambientales y la falta de consulta previa sobre el proyecto.

El acuerdo establece un plazo máximo de tres días hábiles para realizar inspecciones y verificaciones técnicas exhaustivas sobre el cumplimiento de las condicionantes ambientales, las Normas Oficiales Mexicanas y la Ley de Aguas Nacionales.

¿Podrían suspender la obra?

Las autoridades deberán aplicar medidas de seguridad, corrección y mitigación si las inspecciones detectan filtraciones, derrames, contaminación de acuíferos o alteraciones del equilibrio ecológico que pongan en riesgo la salud de los habitantes o la integridad del ecosistema.

La resolución también contempla la suspensión temporal de la construcción si las revisiones determinan que el proyecto carece de autorizaciones vigentes, incumple las medidas de seguridad ambiental o representa un peligro inminente para la disponibilidad del agua.

En caso de ordenar la suspensión, los trabajos deberán permanecer detenidos hasta que se garantice la eliminación del riesgo grave, conforme a los términos establecidos en el acuerdo judicial.

Las dependencias involucradas también deberán informar al órgano judicial sobre las acciones de supervisión realizadas, el estado de los elementos naturales protegidos y los posibles impactos ambientales en las comunidades. El plazo comenzará a correr a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación.

Comunidades indígenas reclaman consulta previa

En la demanda, los habitantes sostienen que la planeación del acueducto se desarrolló sin suficiente transparencia y que no se realizó una consulta previa en sus poblados. Estos argumentos forman parte de los reclamos presentados ante la justicia y todavía deben resolverse en el juicio.

Entre las comunidades promoventes se encuentran Congregación Niños Héroes, conocida como Los Juanes; El Pilón, también llamada La Chinantla; Congregación Colonia del Valle o Poblado Trece; Río Uxpanapa o Poblado Catorce; y Congregación La Horqueta o Poblado Doce.

También participan Josefa Ortiz de Domínguez, General Adalberto Tejeda, Salto de Eyipantla, Norberto Aguirre Palancares, Francisco I. Madero, Vidal Díaz Muñoz, Congregación Helio García Alfaro o Poblado Once, y Hermanos Cedillo.

Los promoventes se identifican como integrantes y descendientes de los pueblos chinanteco y nahua.

Analizan relacionar el amparo con otro juicio en Oaxaca

El órgano judicial abrió además un incidente para estudiar la posible acumulación del expediente con el amparo 583/2026, promovido por el Comisariado de Bienes Comunales de la comunidad indígena zoque de Santa María Chimalapa, Oaxaca, contra el mismo proyecto.

En ese procedimiento, la obra aparece identificada como “Construcción del Acueducto del Sistema de Agua Potable de Coatzacoalcos, Veracruz”. Entre los reclamos figuran la presunta omisión de consulta previa y cuestionamientos sobre las autorizaciones relacionadas con la extracción de agua.

En el juicio colectivo 1089/2026-11fueron reconocidas como terceras interesadas las empresas Grupo Impulsor Pajeme, S.A. de C.V., y Planeación Sistemas de Control, S.A. de C.V.

¿Cuándo serán las próximas audiencias del amparo?

El acuerdo judicial fijó la audiencia incidental para el 22 de octubre de 2026, a las 12:50 horas, mientras que la audiencia constitucional quedó programada para el 18 de noviembre de 2026, a las 12:00 horas.

La admisión de la demanda y las medidas provisionales no representan una resolución definitiva sobre la legalidad del proyecto ni sobre los señalamientos de las comunidades. El desarrollo del juicio deberá determinar el alcance de los reclamos y las decisiones que correspondan.

Por ahora, la continuidad de la obra está sujeta a las verificaciones ambientales y a las medidas que las autoridades deban adoptar si se acreditan los riesgos previstos en la resolución.

Fuente: Xeu

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