El gobierno cambia la pensión en Modalidad 40 del IMSS con un acuerdo del Consejo Técnico del Seguro Social, lo que afecta a las personas que pretendían elevar su monto de retiro, lo cual expertos alertan que es inconstitucional porque contraviene lo que establece la Ley del IMSS.
De acuerdo con el análisis del contador Gabriel Aranda Zamacona, estas modificaciones responden a una situación financiera crítica del instituto: «El IMSS ya no tiene dinero». Destacó que el acuerdo emitido por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) modifica de forma drástica el esquema de la Modalidad 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio).
Principales cambios en la Modalidad 40
El nuevo acuerdo establece restricciones severas que impactan directamente a los futuros pensionados bajo la Ley del Seguro Social de 1973:
- Adiós a las inscripciones retroactivas: Se elimina por completo la posibilidad de pagar periodos pasados en los que el asegurado dejó de cotizar. «La famosa estrategia de que yo de forma retroactiva, es decir, yo no coticé en su momento (…) dejé pasar meses, años y demás (…) eso quedó prohibido», señaló el especialista.
- Tope salarial limitado a una UMA:A partir de ahora, las inscripciones a la Modalidad 40 solo podrán realizarse tomando como base el último salario con el que se cotizó ante el IMSS, permitiendo un incremento máximo de una UMA hacia arriba, vulnerando lo estipulado en los artículos 28 y 218 de la ley.
- Incompatibilidad con la Modalidad 10: El acuerdo declara incompatible cotizar simultáneamente o realizar estrategias combinadas entre la Modalidad 10 (trabajadores independientes) y la Modalidad 40. El IMSS argumenta que se requieren estudios urgentes para evaluar el valor actuarial de estas situaciones.
¿Qué es la Modalidad 40 y cómo afecta este cambio?
La Modalidad 40 permite a los trabajadores que dejaron de tener una relación laboral vigente continuar cotizando por su cuenta para acumular semanas y elevar su salario promedio de cotización, buscando una mejor pensión (especialmente bajo la Ley 73).
Sin embargo, con las nuevas reglas, el impacto es contundente:
- Tope en el incremento de pensión: Anteriormente, una persona podía elevar considerablemente su salario promedio de cotización hasta el tope de 25 UMAs. Ahora, el incremento máximo permitido es de una UMA adicional sobre el último salario registrado.
- Afectación a trabajadores independientes y amas de casa:Aquellas personas que utilizaban estrategias de incorporación para mejorar sus percepciones de retiro verán limitadas sus expectativas financieras de manera drástica.
¿Existe alguna solución legal?
Ante la interrogante sobre si este acuerdo del Consejo Técnico es impugnable al contravenir la ley vigente, el contador Aranda Zamacona indicó que sí es posible combatirlo a través de juicios de amparo indirecto. No obstante, advirtió sobre los posibles obstáculos:
«Si promuevo un amparo, tenemos los famosos llamados ‘jueces de bienestar’, los cuales si actúan a favor de las personas, obviamente el famoso consejo judicial (…) los puede en este caso mermar (…) La solución en este caso (…) sería un amparo indirecto, pero ya con un abogado especialista en amparo.»
El especialista recomendó a los ciudadanos que actualmente están inscritos en la Modalidad 40 mantenerse tranquilos bajo el principio de conservación de derechos, pero exhortó a quienes planeaban inscribirse a revisar minuciosamente sus números y asesorarse con un experto, dado que las opciones de retiro se han visto reducidas de forma considerable.
Fuente: Xeu
