La Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN) valida la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
De esta manera, avaló la transferencia de recursos de las subcuentas de jubilación, indemnización por jubilación avanzada y vejez, administradas por AFORES, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, siempre que no hayan sido reclamados por los trabajadores al cumplir 70 años en el caso de los afiliados del IMSS, y 75 años para el ISSSTE, informó el máximo tribunal mediante un post en la red social X.
El Tribunal supremo que preside Hugo Aguilar Ortiz, mencionó que la reforma, no autoriza la apropiación de recursos por el gobierno ni extingue los derechos de sus titulares.
El máximo tribunal aclaró que, los trabajadores no pierden sus ahorros y que los recursos siguen siendo propiedad de su propiedad o sus beneficiarios y pueden ser reclamados para su reembolso en cualquier momento.
La corte suprema manifestó que garantiza los ahorros para el retiro y brinda certeza jurídica sobre el bloqueo de cuentas bancarias por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Fuente: Xeu
